La Suprema sentencia que prima a tercero por ganar no es delito

19/01/2023

La Suprema sentencia que prima a tercero por ganar no es delito

Madrid, 19 de enero (EFE).- El Tribunal Supremo ha sentenciado que primar a deportistas de otro equipo por que ganó un partido no es delito, en contra del criterio previamente establecido por la Audiencia de Navarra y defendido por la Fiscalía del Supremo.

Lo hizo en su sentencia en el caso Osasuna, la primera sentencia por corrupción deportiva dictada en España por amaño de partidos en la temporada 2013-2014, entre el club rojillo y jugadores del Betis.

Los condensados ​​son el exdirector del club Ángel Vizcay, el expresidente Miguel Archanco, los exdirectivos Juan Antonio Pascual y Jesús Peralta, el extesorero Sancho Bandrés, los agentes inmobiliarios Cristina Valencia y Albert Nolla, y los exjugadores del Betis Antonio Amaya y Xabier Torres.

El Supremo ha rebajado las penas que les impuso la Audiencia de Navarra porque, contrariamente a este tribunal, considera que dejarse perder sí es el delito, pero no el primero de ganar, ya que el resultado no depende del deportador.

“Un jugador puede, con su ejecución, como opción posible, perder un encuentro, pero no puede ganarlo. Y no puede ganarlo porque no depende exclusivamente de su voluntad, hasta otros factores. Y el que no puede lograrlo voluntariamente , porque es imposible, tampoco puede ser sancionable penalmente”, explica Sala.

Al respecto, el Supremo plantea el siguiente ejemplo: "En una final de fútbol, ​​por más dinero con que se prima a los jugadores de uno de los dos equipos contendientes, non se puede garantizar el resultado de ganar el trofeo en lo que la competencia consiste".

“Pero por el contrario, si está en manos de sus protagonistas, bien puede no estar seguro de jugar bien, no ocurre al revés, puede ser perfectamente ejecutable jugar mal intencionadamente y dejarse ganar” , especifica la oración.

La resolución dice que los primeros en perder una competición deportiva son sancionados penalmente pero a cambio, los primeros en ganar, son encubiertas u ofrecens por un tercio al club al que pertenecen los jugadores, no pueden serlo, ya que este incentivo no puede será lícito cuando lo entregue al club al que pertenece el jugador, y es delictivo cuando lo ofrezca un tercero.

El Supremo no atendió la petición que planteó la fiscal Paloma Abad en la revisión del caso, en la que defendía que los tres primeros, no solo los que son paganos para asegurar que un equipo también debe ganar hasta entonces si se suscribe. para ellos, deben ser considerados un delito de corrupción deportiva.

"Hablamos de primar a un tercero e intervenir así en el normal funcionamiento del resto de equipos", substuvo la fiscal, quien opinó que el primero que se pagó al Betis para que ganase al Valladolid sí supuso una actuación tendiente a influir en el resultado final del partido porque el equipo andaluz estaba matemáticamente descendido al segundo, de modo que no jugó nada.

c) Agencia EFE

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